Grado de Discapacidad
- Pensión no contributiva por invalidez.
- Prestación familiar por hijo a cargo.
- Orientación para ingreso en centros.
- Tratamientos.
- Beneficios fiscales:
- Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF)
- Impuesto sobre sociedades (IS)
- Impuesto sobre sucesiones y donaciones
- Impuesto sobre el valor añadido (IVA)
- Impuesto especial sobre determinados medios de trasporte (IEDMT)
- Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica
- Tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad.
- Bonotaxi.
- Solicitud de ayudas públicas.
- Reducciones en medios de transporte.
- Otras ayudas y servicios para el colectivo de personas con discapacidad que se contemplen en los organismos competentes en materia de Servicios Sociales ya sean autonómicos, municipales o estatales.
Además podrá presentarse a través de cualquiera de los medios establecidos en el art. 38.4 de la Ley 30/1992 (BOE nº 285, de 27 de noviembre) y su posterior desarrollo contemplado en el artículo 2 del Real Decreto 772/1999, de 7 de Mayo.
- Impreso de solicitud debidamente cumplimentado.
- Se detallan a continuación los documentos originales o fotocopias compulsadas que deben acompañar a la solicitud:
- DNI del interesado o, en su defecto, fotocopia del Libro de Familia.
- En su caso, DNI del representante legal y documento acreditativo de la representación legal.
- Todos los informes médicos y psicológicos que posea y donde consten las secuelas tras la aplicación de medidas terapéuticas (Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, BOE de 26 de enero de 2000).
- En caso de no tener nacionalidad española, tarjeta de residente.
- En caso de revisión por agravamiento: informes que acrediten dicho agravamiento.
- Presentación de la solicitud y documentación exigida.
- Reconocimiento por el Equipo del Centro de Valoración y Orientación.
- Información sobre el estado de tramitación de los expedientes.
- Resolución.
- Recursos que proceden contra la Resolución.
Contra las resoluciones definitivas los interesados podrán interponer reclamación previa a la vía jurisdiccional social, de conformidad con lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril (BOE del 11 de abril).
Normativa:
- Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía (BOE nº 22, de 26/01/00 Corrección de errores en el BOE nº 62, de 13 de Marzo de 2000).
- Orden de 2 de noviembre de 2000 por la que se determina la composición, organización y funciones de los Equipos de Valoración y Orientación dependientes del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales y se desarrolla el procedimiento de actuación para la valoración del grado de minusvalía dentro del ámbito de la Administración General del Estado.(BOE de 17 de noviembre).
- Normativa de desarrollo posterior dictada por cada Comunidad Autónoma en función de sus competencias.
Centros de Valoración y Orientación
Las funciones generales desarrolladas en estos los centros, similares tanto en los dependientes del IMSERSO como de los que lo son de los Órganos Gestores de las Comunidades Autónomas con competencia en la gestión, son:
- La prestación de servicios de información y asesoramiento general.
- Diagnóstico, valoración, calificación y orientación de personas con discapacidades físicas, sensoriales y/o psíquicas.
- Logopedia, estimulación temprana, psicomotricidad, fisioterapia y psicoterapia en régimen ambulatorio.
- Valoración y orientación en formación y empleo y formación ocupacional.
- Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía
- Orden de 12 de junio de 2001 sobre creación, composición y funciones de la Comisión Estatal de Coordinación y Seguimiento de la Valoración del Grado de Minusvalía
Castilla y Leon
- Centro Base de Ávila
- Centro Base de Burgos
- Centro Base de León
- Centro Base de Palencia
- Centro Base de Salamanca
- Centro Base de Segovia
- Centro Base de Soria
- Centro Base de Valladolid
- Centro Base de Zamora
¿Qué centros o servicios mantiene la administración central?
- Centros de Atención de Minusválidos Físicos (CAMF)
- Centros de Recuperación de Minusválidos Físicos (CRMF)
Centros de Atención de Minusválidos Físicos (CAMF)
- La atención de carácter predominantemente asistencial de los discapacitados en ellos atendidos.
- La conservación, y en su caso, potenciación de sus capacidades residuales, a través de las técnicas adecuadas.
- La habilitación personal y social para su autocuidado en los aspectos en que ello sea posible.
- La prestación de ayuda de tercera persona para suplir la carencia o insuficiencia de su capacidad funcional.
- El desarrollo de sus capacidades residuales a través de actividades ocupacionales.
- El fomento de sus relaciones personales y sociales a través de ocio y tiempo libre y de otras que se estimen idóneas.
- Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 13 de noviembre de 1984, por la que se regula la naturaleza, objetivos y ámbito de actuación de los centros de asistencia a minusválidos físicos de la Seguridad Social (BOE del 19 de noviembre)
- Resolución del 26 de agosto de 1987 del Instituto Nacional de Servicios Sociales, por la que se regula el régimen de ingresos, traslados y liquidación de estancias en los centros residenciales (BOE del 1 de octubre)
- Orden del Ministerio de Asuntos Sociales de 4 de junio de 1992, por la que se aprueba el Estatuto Básico de los Centros Residenciales para Minusválidos del INSERSO (BOE del 16 de junio)
- Orden del Ministerio de Asuntos Sociales de 30 de setiembre de 1994, por la que se modifican determinadas normas del Estatuto Básico de los Centros Residenciales para Minusválidos, aprobado por la Orden de 4 de junio de 1992 (BOE del 11 de octubre)
- Tener el grado de minusvalía reconocido.
- No padecer enfermedad infectocontagiosa ni necesitar atención de forma continuada en instituciones sanitarias.
- No padecer trastornos mentales graves que puedan alterar la normal convivencia en el centro.
- Alcanzar la puntuación mínima exigida en cada momento para el ingreso en el centro solicitado conforme al baremo en vigor.
- Ser beneficiario del sistema de la Seguridad Social o tener derecho a las prestaciones de Servicios Sociales del mismo, en virtud de Ley o Convenio Internacional para aquellos centros cuya titularidad corresponde al Sistema de la Seguridad Social.
- Edad superior a los dieciséis años para las plazas de internado. Los menores de esa edad podrán acceder excepcionalmente a las plazas de media pensión.
- Estar afectados por una disminución física a consecuencia de la cual precisen, a juicio del correspondiente Equipo de Valoración y Orientación, de la atención de otra persona para los actos esenciales de la vida diaria, tales como vestirse, desplazarse, comer y análogos.
- Carecer de posibilidades razonables de rehabilitación y recuperación profesional y no proceder, por consiguiente, su ingreso o la continuación de su tratamiento en un centro de los dedicados a esa finalidad.
- Encontrar graves dificultades para ser atendidos en régimen familiar o domiciliario.
- No padecer déficit intelectual, salvo para las plazas, en su caso, de las Unidades de Atención Especializada.
- De alojamiento y comedor
- Para el desarrollo integral de los usuarios
- Atención médico-sanitaria.
- Atención psicológica.
- Atención social.
- Talleres ocupacionales.
- Terapia Ocupacional y adaptación de ayudas técnicas.
- Actividades culturales y de ocio y tiempo libre.
CAMF de Alcuéscar (Centro de Atención a Minusválidos Físicos) | El Prado s/n 10160 Alcuéscar – Cáceres | 927 38 41 25 | camf.alcuescar@mtas.es |
CAMF de Guadalajara (Centro de Atención a Minusválidos Físicos) | C/ Doctor Layna Serrano, 22 19002 Guadalajara | 949 22 23 86 | info@cocemfe-guadalajara.org |
CAMF de Leganés (Centro de Atención a Minusválidos Físicos) | Av. de Alemania, 14 28916 Leganés (Madrid) | 91 686 27 11 91 686 34 74 |
|
CAMF de Pozoblanco (Centro de Atención a Minusválidos Físicos) | Carretera de Circunvalación s/n 14400 Pozoblanco – Córdoba | 957 77 15 61 957 77 16 51 |
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CAMF del Ferrol (Centro de Atención a Minusválidos Físicos) | San Pedro de Leixa, s/n 15405 El Ferrol (La Coruña) | 981 32 27 27 981 32 25 51 |
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CAMF, Centro para Minusválidos Físicos – Arucas | Avda. del Mirón, s/n 35404 Arucas, Las Palmas de Gran Canaria | 928 624 554 | |
COCEMFE, Confederación Andaluza de Personas con Discapacidad Física y Orgánica (CANF-CAMF Andalucía) | C/ Alfarería, 126 A 41010 Sevilla | 95 433 10 24 | central@canfcocemfe.org |
Centros de Recuperación de Minusválidos Físicos (CRMF)
Su ámbito de actuación es nacional, por lo que pueden acceder a ellos personas con discapacidad desde cualquier punto del territorio español.
Las actuaciones más importantes que se desarrollan en estos Centros son:
- Programa de Formación Profesional Ocupacional, que tiene como finalidad la capacitación del alumno con discapacidad en una profesión acorde con sus aptitudes.
- Actividades formativas complementarias destinadas a reforzar al máximo el Programa de Recuperación Profesional.
- Programa de Recuperación Médico-Funcional destinado a favorecer las capacidades residuales del alumno con discapacidad así como a prevenir la aparición de otras secuelas.
- Asistencia Técnica en materia de autonomía personal, accesibilidad, ayudas técnicas y nuevas tecnologías aplicadas para una mejor integración de la persona con discapacidad.
- Desarrollo de metodologías y aplicaciones de las nuevas tecnologías para discapacitados gravemente afectados que les permitan desenvolver al máximo capacidades razonables para la recuperación profesional.
- Programa de Atención psicosocial que tiene como finalidad facilitar el aprendizaje necesario de cara a alcanzar el mejor ajuste de la persona con discapacidad así como el manejo óptimo de aquellos recursos personales y sociales de cara a su integración laboral.
- Programa de Preparación para el Empleo que procura al alumno las habilidades necesarias como paso intermedio entre su programa formativo y la actividad laboral.
- Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 7 de setiembre de 1982, por la que se regula la naturaleza, objetivos y ámbito de actuación de los Centros de Recuperación de Minusválidos Físicos del Instituto Nacional de Servicios Sociales (BOE del 22 de setiembre)
- Orden del Ministerio de Asuntos Sociales de 4 de junio de 1992, por la que se aprueba el Estatuto Básico de los Centros Residenciales para Minusválidos del INSERSO (BOE del 16 de junio)
- Resolución de 18 de enero de 1993, por la que se regulan los ingresos y traslados en los Centros de Recuperación de Minusválidos Físicos del INSERSO (BOE del 23 de abril)
- Orden del Ministerio de Asuntos Sociales de 30 de setiembre de 1994, por la que se modifican determinadas normas del Estatuto Básico de los Centros Residenciales para Minusválidos, aprobado por la Orden de 4 de junio de 1992 (BOE del 11 de octubre)
- Tener el grado de minusvalía reconocido.
- No padecer enfermedad infecto-contagiosa ni necesitar atención de forma continuada en instituciones sanitarias.
- No padecer trastornos mentales que puedan alterar la normal convivencia en el centro.
- Tener la nacionalidad española.
- Edad mínima de dieciséis años. Excepcionalmente podrán ser admitidas personas discapacitadas físicas y/o sensoriales, si su proceso formativo y sus necesidades personales así lo requieren, a partir de catorce años.
- Contar con posibilidades razonables de recuperación profesional y motivación para realizar la formación.
- Residencia con internado
- Comedor
- Formación cultural y profesional.
- Rehabilitación
- Atención Psicosocial
- Ocio, tiempo libre y deportes.
CRMF de Albacete (Centro de Recuperación de Minusválidos Físicos) | Jesús del Gran Poder, 1 02006 Albacete | 967 21 65 21 967 21 65 01 |
albacete@ceapat.org |
CRMF de Lardero (La Rioja) (Centro de Recuperación de Minusválidos Físicos) | Donantes de Sangre, 4 26140 Lardero – La Rioja | 941 44 81 13 941 44 81 13 |
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CRMF de Salamanca (Centro de Recuperación de Minusválidos Físicos) | Avda. Villamayor, 79-85 37007 Salamanca | 923 23 48 50 | crmf.salamanca@mtas.es |
CRMF de San Fernando (Cádiz) | Pintor Fernández Vela, s/n 11100 San Fernando (Cádiz) | 956 48 74 00 956 48 77 95 |
crmf.sanfernando@mtas.es |
CRMF de Vallecas (Madrid) (Centro de Recuperación de Minusválidos Físicos) | Camino de Valderrivas, 113 28038 Madrid | 91 478 10 11 | igomez@mtas.es |