Hoy os queremos informar que el pasado 17 de julio el Consejo de Ministros ha modificado el Reglamento General de Vehículos, en lo relativo a la regulación de la expedición de la tarjeta de la ITV en formato electrónico.
Esta modificación, que entrará en vigor el 11 de Noviembre de 2015, implica que los fabricantes e importadores de vehículos de las categorías M-autobuses– y N –camiones deberán expedir en formato electrónico la tarjeta para la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), eliminando la voluntariedad actual de emitirlas en soporte papel o electrónico.
En el caso de los fabricantes e importadores de vehículos de tipo BL correspondiente a ciclomotores, motocicletas y similares, la medida pasará a ser obligatoria a partir del 11 de mayo de 2016.
Una medida de ahorro
Esta medida va a suponer un ahorro superior a los 30 millones de euros, como consecuencia de la diferencia del coste de emisión de la tarjeta ITV en soporte papel (estimado en unos 30 euros), frente a hacerlo en soporte electrónico, cuyo coste estimado es de unos 2 euros.
Esta iniciativa se enmarca dentro del proyecto de implantación de la ITV electrónica, puesto en marcha por la DGT para la sustitución del documento acreditativo expedido en formato de papel. Es un proyecto que se inició en el año 2009, para tratar de automatizar los procesos de creación y emisión de la documentación de los vehículos agilizando los trámites de matriculación.
El sistema es sencillo: cada fabricante envía vía on-line los datos técnicos de sus modelos al Registro de Vehículos Prematriculados de la DGT. Allí se validan y se les asigna un Número de Identificación de Vehículo, conocido como NIVE, formado por 32 dígitos y que pasa a ser el DNI de ese vehículo. Cuando el comprador matricule su nuevo vehículo, recibirá esta tarjeta ITV electrónica, en la que constará el NIVE, junto a un código de barras.
Este servicio será utilizado por todas las marcas de vehículos susceptibles de matricular en España y por todas las entidades de crédito que realizan la actividad de financiación de las existencias de los concesionarios, los denominados créditos stock.