Aunque que la bonificación de los 20 céntimos por litro para combustible ha desaparecido para los usuarios de pie, algunos sectores que podrán seguir beneficiarse hasta Junio de 2023 de momento.
Ayuda para determinados sectores
Desde el 1 de enero de 2023, este descuento estará dirigido únicamente al sector del transporte, de la agricultura (incluida la ganadería ), de la pesca y al naviero. La prórroga del descuento de 20 céntimos por litro para el transporte profesional por carretera se abonará al final de cada mes.
Transporte profesional
Administración ha prorrogado hasta el 30 de junio de 2023 la bonificación a los combustibles para el sector del transporte profesional por carretera. Esta medida se articula en dos fases: la primera contempla un descuento de 20 céntimos por litro de combustible consumido entre el 1 de enero y el 31 de marzo, y la segunda corresponde a una bonificación de diez céntimos de euros entre el 1 de abril y el 30 de junio.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) recoge dos mecanismos para cabonar las ayudas de 20 y 10 céntimos de euros por litro a los transportistas en función de si tienen derecho o no a la devolución parcial del impuesto sobre hidrocarburos:
a) Empresas que ya se benefician de la devolución del gasóleo profesional:
La ayuda se abonará al finalizar cada mes de aplicación, junto a la devolución parcial del impuesto de hidrocarburos y se calculará en función de los litros consumidos y pagados con las tarjetas de gasóleo profesional. Así, las empresas de transporte público de viajeros en autobús y taxi y vehículos de transporte de mercancías por carretera mayores de 7,5 toneladas de masa máxima autorizada, que actualmente reciben 4,9 céntimos de devolución por litro consumido, en un pago mensual, obtendrán junto con esta ayuda la bonificación al combustible. Para solicitar esta ayuda simplemente será necesario utilizar las tarjetas gasóleo profesional como medio de pago específico para la adquisición de combustibles.
b) Empresas y trabajadores autónomos que no se benefician de la devolución del gasóleo profesional:
Los beneficiarios deberán solicitar la ayuda a través de la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria entre el 1 de febrero y el 31 de marzo de 2023, y se abonará en un único pago.
Podrán beneficiarse de esta ayuda entidades que sean titulares de una autorización de transporte de cualquiera de las clases VDE (Autobús), VT (Taxis), VTC (Vehículo de alquiler con conductor), VSE (Ambulancia), MDLE (Mercancias ligero), y MDPE (Mercancías pesado), según ha publicado en el BOE.
Sector agrícola
La ayuda se concederá a aquellos agricultores que ejerzan el derecho a la devolución de las cuotas del Impuesto Especial sobre Hidrocarburos (IEH) satisfechas o soportadas con ocasión de las adquisiciones de gasóleo agrario. Esta subvención será de 20 céntimos por litro de gasóleo consumido y se tomará como referencia el consumo destinado en exclusiva al uso agrario realizado en 2022, por ser el último ejercicio con datos cerrados.
El importe de la subvención se abonará por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por el mismo procedimiento mediante el que se realiza la devolución parcial de las cuotas del Impuesto Especial de Hidrocarburos. Se considerará solicitada la ayuda con la presentación de la solicitud de devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo empleado en la agricultura y la ganadería, conforme a lo establecido en la Orden EHA/993/2010, de 21 de abril a partir del 1 de abril de 2023.
Sector pesquero
El descuento de los 20 céntimos no está disponible para estas empresas, pero el Gobierno ha habilitado una serie de medidas destinadas a paliar las subidas en el precio de los combustibles:
– Ayuda directa en función de la estimación del consumo de gasóleo de la embarcación para cubrir los costes adicionales derivados del incremento de los costes del combustible de cada empresa pesquera.
– Subvención de 0,1375266 céntimos de euro por cada milla navegada en función de la tonelada de arqueo bruto (GT), calculada para cada uno de los buques de pasaje, o de pasaje y carga rodada en régimen de pasaje, que operen la línea. Esta medida tendrá una duración de seis meses, prorrogable por otros seis meses más.
– Exención de las tasas pesqueras por otros seis meses más.