Los distintivos ambientales y las zonas de bajas emisiones

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El alto índice de polución.

Durante estos últimos meses ya nos hemos acostumbrado a ver en ciudades como Madrid o Barcelona restricciones al tráfico debido a los altos niveles de polución. Lo habitual en estos casos es aplicar el protocolo de actuación.

Las medidas a implantar principalmente son la reducción de la velocidad en los tramos indicados y pueden llegar a limitar la circulación total de los vehículos. Países como Francia han llegado incluso a prohibir la total circulación de vehículos según la última cifra de su matrícula, alternando si es par o impar.

Ante estas situaciones la DGT ha llegado más lejos y pretende como medida a largo plazo clasificar el parque automovilístico en función del grado de contaminación de cada vehículo. De esta manera serán los coches con un mayor nivel de emisiones en CO2 los que queden excluidos de la circulación, escalonadamente.

Los distintivos.

  • CERO EMISIONES

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Ciclomotores, triciclos, cuadriciclos y motocicletas; turismos; furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas y vehículos de transporte de mercancías clasificados en el Registro de Vehículos de la DGT como vehículos eléctricos de batería (BEV), vehículo eléctrico de autonomía extendida (REEV), vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros o vehículos de pila de combustible.

  • ECO

ECO BLOG CASTILLO GRUPO

Turismos, furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas y vehículos de transporte de mercancías clasificados en el Registro de Vehículos como vehículos híbridos enchufables con autonomía inferior a 40km, vehículos híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados por gas natural, vehículos propulsados por gas natural (GNC y GNL) o gas licuado del petróleo (GLP). En todo caso, deberán cumplir los criterios de la etiqueta C.

  • C

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Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de 2014. Vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías, tanto de gasolina como de diésel, matriculados a partir de 2014. Por tanto, los de gasolina deben cumplir la norma Euro 4,5 y 6 y en Diésel la Euro 6.

  • B

Microsoft Word - Documento5

Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero del año 2000 y de diésel a partir de enero de 2006.Vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías tanto de gasolina como de diésel matriculados a partir de 2005. Por tanto, los de gasolina deben cumplir la norma Euro 3 y en Diésel la Euro 4 y 5.

Zona de Bajas Emisiones (ZBE)

A nivel europeo se establecen ciertas zonas de restricción a la circulación con la finalidad de evitar los atascos y mayor contaminación.

La directiva que regula esta medida es el Real Decreto 102/2011 derivada de la Directiva 2008/50/CE, donde cita y propone medidas de información para incluir en los planes locales o nacionales para mejorar la calidad del aire.

zONAS

Esta medida aun es una propuesta, en nuestro país no se encuentran reguladas este tipo de señales por el momento.

Veremos que ocurre en los próximos años…

“Seguridad En Tu Camino, Seguridad En Tu Destino”

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