Luz luminosa azul, para todos los vehículos prioritarios

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Tras más de una década de reivindicaciones por parte de varios sectores de vehículos prioritarios (ambulancias, bomberos y protección civil), para poder utilizar los rotativos de color azul, al igual que la policía, sus demandas han sido alcanzadas tras su aprobación en el BOE, con fecha 31 de julio de 2018.

Ante la transcendencia de esta reciente normativa, no sólo para los vehículos prioritarios implicados en ella, sino por el bien de todos los usuarios de las redes urbanas, para estar al corriente del color utilizado en los rotativos y poder cederles el paso, tema abordado en una entrada anterior al blog, bajo el título: “Cómo reaccionar ante vehículos de emergencia”, la Corporación Castillo Grupo nos va a situar en el contexto histórico-legal, del hecho analizado, a través de los sucesivos apartados:

  • Argumentación jurídica

La disposición final segunda “2.-i” (Habilitaciones normativas), del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, se expresa de la siguiente forma:

  1.  “para introducir en el Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, las modificaciones necesarias con el fin de que el color de la señal luminosa de todos los vehículos prioritarios sea azul (se habilita al Gobierno para dictar las disposiciones necesarias para desarrollar esta ley)
  • Demanda prolongada en el tiempo

-Desde hace varios años, las Asociaciones y Órganos de las Administraciones Públicas relacionados con los vehículos de servicios de emergencias, así como el Defensor del Pueblo y el Congreso de los Diputados a través de varias proposiciones no de ley, han solicitado al Gobierno que unifique el color de los dispositivos luminosos de los vehículos prioritarios para que en todos los casos sea azul.

  • Señal V-2

-Como consecuencia de este cambio regulador, el color amarillo queda reservado para los dispositivos luminosos de los vehículos que están parados, estacionados o averiados. Así como para aquellos que circulen a una velocidad que no supere los cuarenta kilómetros por hora, mientras desempeñan una actividad o trabajo en la vía. Para ahondar sobre las tipologías y especificaciones técnicas de la señal V-2, Castillo Grupo nos recomienda una entrada anterior al blog.

  • Señal V-1

-El anexo XI del Reglamento General de Vehículos, regula la señal V-1 de vehículo prioritario y establece que su utilización indica la prestación de un servicio de policía, extinción de incendios, protección civil y salvamento o de asistencia sanitaria, en servicio urgente. Habitualmente, el color de esta señal luminosa era azul para los vehículos de policía y amarillo  para el resto de los vehículos prioritarios.

-La señal luminosa de vehículo prioritario V-1 estará constituida por un dispositivo luminoso, con una o varias luces de color azul, homologadas conforme al Reglamento CEPE/ONU número 65.

-Este dispositivo lumínico se instalará en la parte delantera del plano superior del vehículo, por encima de la luz más alta. En ningún caso afectará a la visibilidad del conductor, y deberá ser perceptible en todas las direcciones a una distancia mínima de 50 metros.

 

  • Conclusiones

-La variación de la señal V-1 de vehículo prioritario del anexo XI del Reglamento General de Vehículos, sin duda ayudará a mejorar la seguridad vial. Al mismo tiempo que los usuarios de las vías públicas, podrán distinguir por el color azul de las luces de los sistemas luminosos, que se trata de un vehículo prioritario y en consecuencia, posee preferencia de paso.

Castillo Grupo, nos subraya lo que estipula el Reglamento General de Circulación, artículo 69, sobre el comportamiento que deben tener los demás conductores en relación a los vehículos prioritarios:

“Tan pronto perciban las señales especiales que anuncien la proximidad de un vehículo prioritario, los demás conductores adoptarán las medidas adecuadas, según las circunstancias del momento y lugar, para facilitarles el paso, apartándose normalmente a su derecha o deteniéndose si fuera preciso”

-Con esta disposición, se equipara nuestra normativa con la existente en la mayoría de los países de Europa, sobre todo con los de nuestro entorno, que ya tienen previsto unificar el color azul para los vehículos prioritarios.

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